La protección empieza cuando reconoces que algo no es seguro y reduces tu exposición. Ante una amenaza, seguimiento, control del móvil o presencia en tu puerta, llama al 112 si hay peligro inmediato o al 016 para orientación.
Qué hacer si temes una agresión o seguimiento
Actúa antes de reunir todas las pruebas: la seguridad es prioritaria.
Llama al 112 sin esperar más pruebas
El 112 es la vía prioritaria ante una agresión, amenaza cercana, seguimiento o agresor en la puerta. Di primero la dirección, si hay menores, lesiones, armas o vehículo. No necesitas demostrar el caso perfecto: mensajes, capturas y testigos pueden servir después, pero una amenaza repetida, un quebrantamiento o que el agresor aparezca en tu trabajo deben comunicarse de inmediato.
El 016 orienta, no interviene en urgencias
El 016 informa sobre violencia de género, recursos autonómicos, atención jurídica, apoyo social y alojamiento de emergencia. Puede usarse antes de denunciar si el dispositivo es seguro; consulta la web de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género. Si alguien revisa tus comunicaciones, usa un teléfono prestado o acude a un centro sanitario, comisaría o Servicios Sociales.
Comunica los cambios que elevan el riesgo
Informa de amenazas nuevas, contactos prohibidos, separación reciente, cambio de domicilio, conflictos de custodia, vigilancia digital o acceso a armas. Guardar evidencia ayuda, pero comunicar un riesgo actual permite que Policía, juzgado y Servicios Sociales ajusten la protección antes.
VioGén, denuncia y recursos sin denuncia
VioGén es una vía relevante en casos de violencia de pareja o expareja, pero no es la única fuente de ayuda.
Qué cubre VioGén y qué no cubre
El Sistema VioGén se aplica a la violencia de género ejercida por pareja o expareja. La valoración policial del riesgo, llamada VPR, orienta el seguimiento y las medidas, y debe revisarse ante hechos o vulnerabilidades nuevas. Otros casos, como violencia sexual, acoso laboral o amenazas ajenas a la pareja, siguen circuitos policiales, judiciales, sanitarios y sociales específicos.
| Nivel VPR | Qué implica | Qué puede cambiarlo |
|---|
| No apreciado | No se aprecian indicadores actuales de riesgo policial. | Nuevas amenazas, contactos o incidentes. |
| Bajo | Seguimiento y pautas adaptadas al caso. | Separación, acoso o cambios de rutina. |
| Medio | Medidas y contactos policiales más frecuentes. | Quebrantamientos o vulnerabilidad añadida. |
| Alto | Protección reforzada según medios y caso. | Amenazas graves, armas o persecución. |
| Extremo | Máxima prioridad operativa y medidas intensas. | La evolución policial y judicial del caso. |
Denunciar abre opciones, no automatismos
La denuncia deja constancia formal y permite pedir una orden de protección, con alejamiento, prohibición de comunicación o medidas sobre vivienda y menores si el juzgado las acuerda. También puedes pedir ayuda sin denuncia previa en Oficinas de Asistencia a las Víctimas, Servicios Sociales, centros de salud y recursos autonómicos.
Las medidas de protección se acuerdan de forma individual y no todas sirven para todos los casos. La teleasistencia móvil ofrece contacto rápido con un centro de atención a mujeres que ya cuentan con determinados recursos de protección y cumplen los criterios del servicio; no sustituye al 112 si hay una urgencia. Los dispositivos de control telemático pueden acordarse judicialmente para vigilar el cumplimiento de una prohibición de aproximación, normalmente con un dispositivo para la persona investigada o condenada y otro para la víctima.
La acogida de emergencia se valora mediante los servicios especializados cuando permanecer en el domicilio no es seguro. La protección policial, incluida una eventual escolta, depende del riesgo, los medios disponibles y la valoración policial y judicial.
La denuncia activa la investigación de los hechos y permite solicitar una orden de protección ante el juzgado, la Policía, la Fiscalía o los servicios de asistencia a víctimas. La orden de protección puede reunir medidas penales, como el alejamiento o la prohibición de comunicarse, y medidas civiles urgentes sobre vivienda, guarda, visitas o alimentos de hijos e hijas; su concesión corresponde a la autoridad judicial y exige valorar la situación concreta. También pueden adoptarse medidas cautelares en el procedimiento penal aunque no se conceda una orden de protección.
En cambio, la atención sanitaria, social, psicológica y jurídica puede solicitarse sin denuncia: pedir apoyo no obliga por sí mismo a iniciar un proceso penal, aunque los profesionales deben actuar ante una urgencia o situaciones que afecten a menores.
Plan diario para casa, hijos y desplazamientos
Un plan de seguridad permite decidir acciones sencillas antes de tener que improvisar.
Prepara una salida sin anunciarla
Elige dos o tres personas de confianza y acordad una palabra clave que signifique “llama al 112” o “ven a buscarme”. Si convivir con el agresor es peligroso, identifica una zona con salida y evita cocina, baño o lugares con objetos peligrosos. Guarda documentos, medicación, llaves, cargador y artículos de menores solo si hacerlo no te expone.
Cierra puertas digitales y físicas
Revisa la ubicación compartida en mapas, redes, relojes, coches y cuentas familiares. Cambia contraseñas desde un dispositivo seguro y activa la verificación en dos pasos si no aumenta el riesgo. No confrontes al agresor para comprobar si vigila: registra lo ocurrido y comunícalo.
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Una alarma personal puede ayudar a atraer atención durante un trayecto, si no pone a la persona en mayor peligro. Debe formar parte de un plan que incluya 112, contactos seguros y rutas conocidas.
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Protege a hijos, trabajo y escuela
Incluye expresamente a hijos e hijas en la valoración y el plan, aunque no hayan recibido golpes. Diles, según su edad, que no se interpongan, que sepan pedir ayuda y conozcan la palabra clave. Comunica al centro educativo las medidas autorizadas y las personas que pueden recogerles; en el trabajo, informa solo a quien necesite saberlo y acordad qué hacer si el agresor aparece.
VioGén no es el marco principal si no existe violencia de pareja o expareja. En amenazas empresariales, acoso no vinculado a violencia de género, conflictos comerciales o exposición mediática, un guardaespaldas o escolta privado habilitado conforme a la Ley 5/2014 de Seguridad Privada puede ser un complemento. Nunca sustituye al 112, la denuncia, la protección policial ni las medidas judiciales.
Ante una amenaza actual, llama primero al 112 antes de comparar proveedores o preparar desplazamientos.
Lo que más preguntan
¿Quién realiza la VPR?
La VPR la realizan agentes competentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En violencia de género de pareja o expareja puede integrarse en VioGén y revisarse cuando hay amenazas, quebrantamientos o cambios relevantes.
¿Qué es el sistema VioGén en España?
VioGén es un sistema de seguimiento y coordinación para violencia de género ejercida por pareja o expareja. Ayuda a valorar el riesgo en cinco niveles, pero no cubre por sí solo violencia sexual, acoso laboral o amenazas ajenas a la pareja.
¿Puedo pedir ayuda sin denunciar?
Sí, puedes pedir orientación sin denuncia previa en el 016, Servicios Sociales, centros sanitarios y Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito. Si existe peligro inmediato, el 112 sigue siendo la vía correcta aunque no quieras denunciar en ese momento.
¿Una denuncia me da escolta automáticamente?
No, una denuncia no concede de forma automática escolta, orden de protección ni dispositivo telemático. Cada medida depende de la valoración policial, la decisión judicial cuando procede y los criterios del recurso.
¿Qué hago si quebranta una orden de alejamiento?
Llama al 112 o acude a la policía si el contacto es actual o temes una agresión. Guarda mensajes, llamadas o capturas solo si puedes hacerlo sin riesgo, e informa del quebrantamiento aunque el contacto parezca breve.
¿Mis hijos cuentan aunque no les haya pegado?
Sí, los menores deben incluirse en la valoración y el plan cuando viven o presencian violencia, amenazas o control. Comunica al centro educativo y a los profesionales cualquier cambio de custodia, visitas, domicilio o riesgo.
Para orientación inmediata en España, el 016 atiende consultas sobre violencia de género y puede derivar a recursos especializados; el 112 debe utilizarse ante peligro actual. La Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género publica información actualizada sobre servicios y derechos, mientras que las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito ofrecen apoyo e información jurídica en distintos territorios. Para encontrar ayuda cercana, busca el servicio autonómico de atención a mujeres, el área municipal de Servicios Sociales o Igualdad y el recurso sanitario de referencia de tu zona.
La Policía Nacional, la Guardia Civil y las policías locales pueden informar sobre canales de denuncia y protección. Si la violencia no procede de una pareja o expareja, pregunta expresamente por el circuito especializado aplicable a violencia sexual, acoso, trata, violencia familiar u otras amenazas.